LAS COOPERATIVAS
EN VENEZUELA EXISTES DIVERSAS LEYES QUE PROTEGEN EL COOPERATIVISMO Y FORTALECE LAS SOCIEDADES DE PERSONAS QUE PERSIGUEN UN OBJETIVO COMÚN Y NO EL LUCRO INDIVIDUAL, ENTRE ESTAS LEYES SE ENCUENTRAN LA CONSTITUCIÓN NACIONAL ESPECÍFICAMENTE EN SUS ARTÍCULOS 118, 308, 184, 52 Y 299, TAMBIÉN EXISTE UNA LEY ESPECIAL DE ASOCIACIONES COOPERATIVAS EL CUAL TIENE COMO OBJETO ESTABLECER LAS NORMAS GENERALES PARA LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS COOPERATIVAS.
QUE ENTENDEMOS POR COOPERATIVAS?
LAS COOPERATIVAS SON EMPRESAS DE PRODUCCIÓN, OBTENCIÓN, CONSUMO O CRÉDITO DE PARTICIPACIÓN LIBRE Y DEMOCRÁTICA, CONFORMADAS POR PERSONAS QUE PERSIGUEN UN OBJETIVO EN COMÚN ECONÓMICO Y SOCIAL EN DONDE LA PARTICIPACIÓN DE CADA SOCIO, EN EL BENEFICIO, ES DETERMINADO POR EL TRABAJO INCORPORADO AL OBJETIVO COMÚN Y NO POR LA CANTIDAD DE DINERO QUE HAYA APORTADO.
LA COOPERATIVA, A DIFERENCIA DE LAS COMPAÑÍAS ANÓNIMAS, ES UNA SOCIEDAD DE PERSONAS, NO DE CAPITALES. SE FUNDAMENTA EN LA IGUALDAD DE DERECHOS DE SUS INTEGRANTES EN CUANTO A LA GESTIÓN SOCIAL. ADEMÁS, LAS COOPERATIVAS REPARTEN SUS EXCEDENTES O GANANCIAS EN FUNCIÓN DE LA ACTIVIDAD REALIZADA POR SUS ASOCIADOS EN EL LOGRO DEL PROPÓSITO COMÚN. EN CAMBIO, EN UNA EMPRESA MERCANTIL, LA GANANCIA SE DISTRIBUYE ENTRE LOS SOCIOS DE MANERA PROPORCIONAL AL CAPITAL ECONÓMICO QUE CADA UNO APORTÓ.
DIFERENCIAS ENTRE COOPERATIVAS Y EMPRESAS MERCANTILES
SOCIEDADES MERCANTILES
EN VENEZUELA EXISTES DIVERSAS LEYES QUE PROTEGEN EL COOPERATIVISMO Y FORTALECE LAS SOCIEDADES DE PERSONAS QUE PERSIGUEN UN OBJETIVO COMÚN Y NO EL LUCRO INDIVIDUAL, ENTRE ESTAS LEYES SE ENCUENTRAN LA CONSTITUCIÓN NACIONAL ESPECÍFICAMENTE EN SUS ARTÍCULOS 118, 308, 184, 52 Y 299, TAMBIÉN EXISTE UNA LEY ESPECIAL DE ASOCIACIONES COOPERATIVAS EL CUAL TIENE COMO OBJETO ESTABLECER LAS NORMAS GENERALES PARA LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS COOPERATIVAS.
QUE ENTENDEMOS POR COOPERATIVAS?
LAS COOPERATIVAS SON EMPRESAS DE PRODUCCIÓN, OBTENCIÓN, CONSUMO O CRÉDITO DE PARTICIPACIÓN LIBRE Y DEMOCRÁTICA, CONFORMADAS POR PERSONAS QUE PERSIGUEN UN OBJETIVO EN COMÚN ECONÓMICO Y SOCIAL EN DONDE LA PARTICIPACIÓN DE CADA SOCIO, EN EL BENEFICIO, ES DETERMINADO POR EL TRABAJO INCORPORADO AL OBJETIVO COMÚN Y NO POR LA CANTIDAD DE DINERO QUE HAYA APORTADO.
LA COOPERATIVA, A DIFERENCIA DE LAS COMPAÑÍAS ANÓNIMAS, ES UNA SOCIEDAD DE PERSONAS, NO DE CAPITALES. SE FUNDAMENTA EN LA IGUALDAD DE DERECHOS DE SUS INTEGRANTES EN CUANTO A LA GESTIÓN SOCIAL. ADEMÁS, LAS COOPERATIVAS REPARTEN SUS EXCEDENTES O GANANCIAS EN FUNCIÓN DE LA ACTIVIDAD REALIZADA POR SUS ASOCIADOS EN EL LOGRO DEL PROPÓSITO COMÚN. EN CAMBIO, EN UNA EMPRESA MERCANTIL, LA GANANCIA SE DISTRIBUYE ENTRE LOS SOCIOS DE MANERA PROPORCIONAL AL CAPITAL ECONÓMICO QUE CADA UNO APORTÓ.
DIFERENCIAS ENTRE COOPERATIVAS Y EMPRESAS MERCANTILES
SOCIEDADES MERCANTILES
1. LIMITADA CANTIDAD DE ACCIONISTAS.
2. EL PODER LO DETERMINA LA CANTIDAD DE ACCIONES QUE SE POSEAN.
3. EL CAPITAL SE FIJA EN EL DOCUMENTO CONSTITUTIVO. SU ALTERACIÓN SE RIGE POR NORMAS JURÍDICAS.
4. LAS ACCIONES SON NEGOCIABLES Y TRANSFERIBLES. 5. LAS UTILIDADES O GANANCIAS SE REPARTEN SEGÚN EL NÚMERO DE ACCIONES DE CADA SOCIO.
2. EL PODER LO DETERMINA LA CANTIDAD DE ACCIONES QUE SE POSEAN.
3. EL CAPITAL SE FIJA EN EL DOCUMENTO CONSTITUTIVO. SU ALTERACIÓN SE RIGE POR NORMAS JURÍDICAS.
4. LAS ACCIONES SON NEGOCIABLES Y TRANSFERIBLES. 5. LAS UTILIDADES O GANANCIAS SE REPARTEN SEGÚN EL NÚMERO DE ACCIONES DE CADA SOCIO.
SOCIEDADES COOPERATIVAS
1. SE ACEPTA CUALQUIER CANTIDAD DE ASOCIADOS.
2. CADA MIEMBRO TIENE UN SOLO VOTO INDEPENDIENTEMENTE DE LA CANTIDAD DE CERTIFICADOS QUE POSEA.
3. EL CAPITAL ES INDETERMINADO.
4. LAS CERTIFICADOS SON INTRANSFERIBLES Y SOLO PUEDEN SER NEGOCIADAS ENTRE COOPERADORES.
5. LOS EXCEDENTES SE DISTRIBUYEN SOBRE LA BASE DE LAS OPERACIONES Y TRABAJO QUE EL SOCIO HAYA APORTADO.
TIPOS DE COOPERATIVAS:
2. CADA MIEMBRO TIENE UN SOLO VOTO INDEPENDIENTEMENTE DE LA CANTIDAD DE CERTIFICADOS QUE POSEA.
3. EL CAPITAL ES INDETERMINADO.
4. LAS CERTIFICADOS SON INTRANSFERIBLES Y SOLO PUEDEN SER NEGOCIADAS ENTRE COOPERADORES.
5. LOS EXCEDENTES SE DISTRIBUYEN SOBRE LA BASE DE LAS OPERACIONES Y TRABAJO QUE EL SOCIO HAYA APORTADO.
TIPOS DE COOPERATIVAS:
LAS EMPRESAS COOPERATIVAS SE CLASIFICAN SEGÚN LA ACTIVIDAD PARA LA QUE FUERON CREADAS.
ASÍ TENEMOS QUE EXISTEN:
• COOPERATIVAS DE PRODUCCIÓN DE BIENES Y SERVICIOS.
TIENEN COMO META PRINCIPAL LA PRODUCCIÓN DE BIENES O PRESTACIÓN DE SERVICIOS, TALES COMO: LA PRODUCCIÓN INDUSTRIAL O ARTESANAL, LA PRODUCCIÓN AGROPECUARIA O PESQUERA, LA PRODUCCIÓN MINERA, TRANSPORTE COLECTIVO O DE CARGA, PRODUCCIÓN DE DIVERSOS SERVICIOS DEL HOGAR, MANTENIMIENTO, REPARACIONES MENORES Y MAYORES, SALUD, HOGARES DE CUIDADOS DE INFANTES Y, EN GENERAL, DE TODAS AQUELLAS ACTIVIDADES QUE SON DEMANDADAS POR OTRAS PERSONAS O INSTITUCIONES.
• COOPERATIVAS DE CONSUMO DE BIENES Y SERVICIOS.
EXISTEN LAS COOPERATIVAS DE OBTENCIÓN DE BIENES Y SERVICIOS. AQUÍ ENTRAN LAS COOPERATIVAS DE CONSUMO Y LAS COOPERATIVAS DE AHORRO Y PRÉSTAMO. LA PRIMERA TIENE COMO OBJETIVO SATISFACER MEJOR Y MÁS ECONÓMICAMENTE LAS NECESIDADES DE SUS MIEMBROS. ESTO, SE DA POR MEDIO DE LA MEJORA DE LOS SERVICIOS DE COMPRA Y VENTA DE ARTÍCULOS DE PRIMERA NECESIDAD.
• COOPERATIVAS DE AHORRO Y CRÉDITO
LAS COOPERATIVAS DE AHORRO Y CRÉDITO SON AQUELLAS QUE TIENEN POR OBJETO FUNDAMENTAL FOMENTAR EL AHORRO Y OTORGAR PRÉSTAMOS A SUS ASOCIADOS CON LOS RECURSOS APORTADOS POR LOS MISMOS, A UN INTERÉS MUY BAJO, CON EL FIN DE ELIMINAR LOS ALTOS COSTOS QUE REPRESENTAN LOS CRÉDITOS OTORGADOS POR LOS BANCOS COMERCIALES.
LAS COOPERATIVAS MIXTAS
PERSIGUEN DOS OBJETIVOS A SABER: LA PRODUCCIÓN DE BIENES Y SERVICIOS PARA TERCEROS Y LA OBTENCIÓN DE BIENES Y SERVICIOS PARA SUS ASOCIADOS. LAS COOPERATIVAS MIXTAS DEBEN SU NOMBRE A LA POSIBILIDAD DE TENER, AL MISMO TIEMPO, DOS O MÁS DE LOS PERFILES QUE SE HAN DESCRITO ANTERIORMENTE.
EN VENEZUELA EXISTE EL SUNACOP QUE ES LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE COOPERATIVAS (SUNACOOP), ES UN BRAZO DE ACCIÓN DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA ECONOMÍA COMUNAL, AL QUE POR LEY LE CORRESPONDE LA LEGALIZACIÓN, REGISTRO, SUPERVISIÓN Y PROMOCIÓN DE LAS COOPERATIVAS EN VENEZUELA. SUNACOOP ES LA ENTIDAD DEL ESTADO QUE TIENE COMO OBJETIVO IMPULSAR, APOYAR Y FOMENTAR LA ECONOMÍA COOPERATIVA EN EL PAÍS. PARA ELLO, DESARROLLA UNA SERIE DE PROGRAMAS DE FORTALECIMIENTO A LAS COOPERATIVAS EXISTENTES MEDIANTE LA GENERACIÓN DE ESPACIOS DE ENCUENTRO, INTERCAMBIOS Y POSICIONAMIENTO DEL MOVIMIENTO COOPERATIVO. A SU VEZ, SU DEBER ES EL DE SERVIR COMO SOPORTE A LAS PERSONAS O GRUPOS DE PERSONAS QUE TIENEN UNA IDEA A DESARROLLAR Y REQUIEREN DE UNA ASESORÍA MÁS ESPECIALIZADA BIEN SEA A NIVEL ECONÓMICO, JURÍDICO U OPERATIVO.
COMO CONFORMO UNA COOPERATIVA ?
SEGÚN EL ARTÍCULO 16 DE LA LEY ESPECIAL DE ASOCIACIONES COOPERATIVAS, SI DESEA CONFORMAR UNA COOPERATIVA, CON PRINCIPIOS SOCIALISTAS, DEBEN REUNIRSE UN GRUPO DE CINCO PERSONAS MÍNIMO, CON NECESIDADES Y ASPIRACIONES COMUNES PARA FORMAR PARTE DEL NUEVO MODELO ECONÓMICO PRODUCTIVO DEL PAÍS.
PASO 1: SOLICITE LA PLANILLA EN LAS OFICINAS REGIONALES DE LA SUNACOOP Y SELECCIONE EL NOMBRE QUE LLEVARÁ SU COOPERATIVA, LUEGO CONSULTE A LA SUPERINTENDENCIA, SI EL NOMBRE QUE ESCOGIÓ NO CORRESPONDE A UNA COOPERATIVA YA REGISTRADA. ESTO SE HARÁ EN LAS OFICINAS REGIONALES DE SUNACOOP DONDE LA COOPERATIVA TENGA SU DOMICILIO. USTED DEBE LLENAR LA PLANILLA DE SOLICITUD Y ANEXAR COPIA DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD DE LOS SOLICITANTES.
PASO 2: RETIRE EN LA SUPERINTENDENCIA LA CONSTANCIA QUE CERTIFICA QUE EL NOMBRE DE QUE USTED SELECCIONÓ, NO PERTENECE A OTRA COOPERATIVA Y SE AUTORIZA SU REGISTRO CON ESA DENOMINACIÓN.
PASO 3: SE REÚNEN LOS MIEMBROS DE LA COOPERATIVA Y REDACTAN LOS ESTATUTOS, ESTABLECEN LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE LA COOPERATIVA, NORMAS DE FUNCIONAMIENTO, APORTE DE LOS ASOCIADOS, ENTRE OTROS.
PASO 4: UNA VEZ QUE LOS ESTATUTOS ESTÉN APROBADOS, DEBE ACUDIR AL REGISTRO SUBALTERNO DE LA LOCALIDAD PARA PROCEDER A SU LEGALIZACIÓN Y OBTENER ASÍ LA PERSONALIDAD JURÍDICA DE LA COOPERATIVA.
PASO 5: AL CULMINAR LOS PROCEDIMIENTOS, DEBE ENVIAR A SUNACOOP (EN LA OFICINA REGIONAL UBICADA EN LOS INCES PRINCIPALES DE CADA ESTADO) DENTRO DE LOS 15 DÍAS HÁBILES SIGUIENTES ESTOS REQUISITOS: COPIA DE RESERVA DE DENOMINACIÓN, COPIA DE R.I.F. DE LA COOPERATIVA, Y DOS COPIAS SIMILARES DEL REGISTRO DE LA COOPERATIVA, INDICANDO DIRECCIÓN COMPLETA, TELÉFONOS Y NOMBRES DE LOS COORDINADORES PRINCIPALES DE LA COOPERATIVA.
CUALQUIER OTRA INFORMACIÓN SE PUEDEN DIRIGIR A LA PAGINA WEB DEL SUNACOP http://www.sunacoop.gob.ve
1 comentario:
Es increible e impresionante que en nuestros días, luego de entender lo trascendental del trabajo cooperativo en la nación venezolana, el cooperativista no asuma su rol de cambio y trabajo colectivo dentro de la comunidad, región, estado o nación en la cual se desenvuelve para convertirse en agente de cambio que transforme e impacte el lugar donde vive. Bueno eso fue lo expresado en la exposición de Cooperativas y es un llamado a la conciencia del ciudadano común.
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